ITE
(INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS)
ITE
(INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS)
La nueva ley sobre inspección técnica de edificios entra en vigor a partir del 27 de mayo de 2015 Conozca las nuevas condiciones del nuevo decreto de ITE y Libro del edificio.
Inspección técnica de edificios destinados a viviendas:
-Viviendas unifamiliares: Se incorporan las viviendas unifamiliares, excepto aquellas en que su edificación principal esté separada 1,5 m o más de la vía pública, de zonas de uso público y de las fincas adyacentes.
– Cambian las fechas límites y el contenido de la ITE.
– Calificación de las deficiencias. Se amplía la graduación de la calificación de las deficiencias que se derivan de la inspección del edificio a 4 niveles, incorporando, como novedad, la calificación de importante (muy grave, grave, importante y leve).
– Informe de inspección técnica del edificio, ITE. Se amplía su contenido y será necesario que se acompañe de:
* Las recomendaciones y plazos de las acciones que se han de llevar a cabo para un correcto mantenimiento y conservación del edificio.
* Las recomendaciones técnicas para la mejora de la sostenibilidad y ecoeficiencia del edificio.
* La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal que identifiquen y recomienden las intervenciones técnicamente viables.
– Certificado de Aptitud. El certificado de aptitud que emite la Administración tendrá diferentes períodos de vigencia, según la calificación de las lesiones identificadas en el informe ITE (3 años con carácter cautelar para edificios con lesiones graves y muy graves y medidas cautelares ejecutadas, 6 años con carácter provisional para edificios con lesiones importantes y 10 años para edificios sin lesiones o lesiones leves).
– Verificación técnica. La vigencia de los certificados de aptitud con carácter cautelar o carácter provisional queda condicionada a la verificación técnica, en los plazos que especifica el Decreto, realizada por un técnico, donde se haga constar que las lesiones no han incrementado su nivel de gravedad o ya han sido reparadas.
– Programa de Rehabilitación. Una vez la propiedad del edificio disponga de un certificado de aptitud en que se indique la existencia de algún tipo de deficiencias, la propiedad habrá de aprobar un Programa de rehabilitación acompañado de un fondo de reserva que garantice la reparación de las deficiencias, pudiéndose llevar a cabo por fases. El gobierno promueve la preservación, mantenimiento y rehabilitación de viviendas, con un decreto que regula la inspección técnica de edificios:
Entre otras cosas, la nueva legislación regula el manual de la vivienda, que proporciona al propietario y el inquilino provee información detallada sobre el estado del edificio para planear revisiones y evitar cualquier posible deficiencia en el futuro.
También garantiza que el Gobierno informará el contenido de todas las inspecciones que se realizan. El decreto aprobado sustituye a la anterior uno, 2010, que tenía huecos sobre los tipos de deficiencias que fueron fijadas por el proyecto de vivienda, la entrega de certificados de aptitud y la necesidad de informar al gobierno sobre las inspecciones de hecho.
El nuevo Decreto permitirá:
– Proporcionar los propietarios de edificios de algunos informes técnicos sobre la situación de la propiedad que le ayudará a planear las revisiones técnicas a adoptar los acuerdos y los depósitos de los fondos para obras de rehabilitación.
– Evitar posibles defectos de la construcción en el futuro, emitir recomendaciones para el correcto mantenimiento y conservación.
– Sólo en casos extremos, cuando hay un riesgo real para la seguridad de las personas, negar un certificado de aptitud de acuerdo con el nuevo tipo de deficiencias establecido por el decreto. La norma establece cuál debe ser el contenido del informe de la ITE, los términos en que ha pasado, la calificación de las deficiencias y son competentes para otorgar el certificado de aptitud del edificio, que es la Agencia de la vivienda de la Generalitat de Catalunya y de las administraciones locales que han aprobado ordenanzas locales o programas relacionados con el tema.
Edificio multifamiliar de la antigüedad | Fecha límite para pasar la inspección ITE |
---|---|
Entre 1951 y 1960 | Hasta el 31 de diciembre de 2015 |
Entre 1961 y 1971 | Hasta el 31 de diciembre de 2016 |
A partir de 1971 | El año que cumple 45 años de edad |
El previo a 1951 deben pasar la inspección técnica según tabla:
Antiguedad del Edificio Unifamiliar | Terminado de pasar la inspección Técnica ITE |
---|---|
Fecha límite para pasar la inspección ITE edificios antes de 1900 | Hasta el 31 de diciembre de 2016 |
Entre 1901 y 1930 | Hasta el 31 de diciembre de 2017 |
Entre 1931 y 1950 | Hasta el 31 de diciembre de 2018 |
Entre 1951 y 1960 | Hasta el 31 de diciembre de 2019 |
Entre 1961 y 1975 | Hasta el 31 de diciembre de 2020 |
A partir de 1975 | El año que cumple 45 años de edad |
Edificios unifamiliares separadas por 1.5 metros o en la vía pública o fincas vecinas están excluidos de la obligación. Esos edificios unifamiliares que tienen cédula de habitabilidad también están excluidos hasta que venzan la cédula de habitabilidad.
Tipo de deficiencias
El Decreto vigente hasta ahora sólo podría calificar el edificio con «graves deficiencias» o «suave». El nuevo Reglamento introduce hasta 4 niveles para permitir un mayor detalle.
– Muy en serio. Las deficiencias que por su alcance representan un peligro inminente y generalizada para la estabilidad del edificio y la seguridad de las personas y que requieren intervención inmediata.
– En serio. En virtud de sus efectos representan un riesgo inminente para la estabilidad o la seguridad de ciertos elementos de los construcción o graves problemas de salud, que han asumido un riesgo para la seguridad de las personas y que requieren la adopción de medidas provisionales.
– Importante. El que a pesar de no representan un riesgo inminente o para la estabilidad del edificio o por la seguridad de las personas, afectan a la salubridad y la funcionalidad y la intervención correctiva necesaria.
– Leve. Aquellos que hacen necesario llevar a cabo trabajos de mantenimiento preventivo o corrección para evitar la provocación o la aparición de nuevas deficiencias. Certificado de aptitud del edificio y aplicabilidad.
– 10 años si el edificio no presenta deficiencias o si son leves.
– 6 años, con carácter provisional, si el edificio tiene deficiencias importantes. Es necesario hacer una revisión a los 2 y 4 años para verificar que no han empeorado las condiciones o demostrar que ya han llevado a cabo los trabajos de reparación.
– 3 años, con carácter provisional si el edificio presenta deficiencias graves o muy graves. Necesita una revisión al menos cada 12 meses para certificar que no han empeorado las condiciones o que ya han llevado a cabo los trabajos de reparación.
– Certificado de aptitud se denegará en el caso de que el edificio presenta deficiencias graves o muy graves y no ha adoptado las medidas cautelares necesarias para evitar el riesgo para personas y bienes.
Programa de rehabilitación Una vez que usted ha obtenido el certificado de aptitud del edificio, los propietarios deben aprobar un programa de rehabilitación con un fondo de día lluvioso que garantice su ejecución. La reparación de las deficiencias puede enfrentar en diferentes fases según su gravedad. El programa de rehabilitación tendrá que vérselas con la supervisión de un técnico calificado.
ENLACES DE INTERÉS
Tiene dudas? Llámenos al 931 17 07 05
Le atenderemos sin compromiso. O si lo prefiere, envíenos un email a info@jaiser.es
CONTACTA CON NOSOTROS